Viendo 12 entradas - de la 1 a la 12 (de un total de 12)
  • Autor
    Entradas
  • #438284
    SrCajlo
    Miembro

    Buen día!

    Quisiera saber como va eso del Emigrante Retornado en la actualidad. He leído algunas cosas del 2015 pero como todo cambia en un abrir y cerrar de ojos en este país, quería volver a preguntar.

    ¿Cuáles son los requisitos?

    ¿A dónde tengo que ir? (no vivo en Caracas).

    Al momento de entrar a España, ¿dónde se realiza el trámite para dicha ayuda?

    Muchas gracias por leer y responder.

    EDIT: Soy Venezolano!

    #438323

    Hola Sr Cajlo,

    Te recomiendo leas este blog venezolanaenbarcelona.wordpress.com

    Explica perfectamente el emigrante retornado

    http://www.empleo.gob.es/es/mundo/consejerias/venezuela/preguntas/ y aqui en el punto 4 tambien lo explica.

    El tramite se hace solo en Caracas en la consejeria laboral que esta en el edificio Torre Banco Lara, a una cuadra del consulado español.

    #439285
    daymar
    Miembro

    Buenas tardes, quisiera saber las posibilidades del emigrante retornado para mi mama, ella cotiza como indeendiente o cuenta propia en el IVSS pero no tiene empresa regristrada como tal, los ultimos 2 años son por cuenta propia.. sera que esas cotizaciones seran validas? fui al consulado y me dijeron que debe tener en los ultimos 2 años declaracion de islr

    #439295

    Hola daymar, si cotiza por cuenta propia tambien son validas, y efectivamente debe tener la declaración del isrl

    En el apartado cuatro de este link explica los requisitos

    http://www.empleo.gob.es/es/mundo/consejerias/venezuela/preguntas/

    #439316
    emigrar16
    Miembro

    aprovechando el tema quería saber si alguien ha escuchado de que ahora la ayuda del emigrante retornado es solo para los nacidos en españa??? No se si sera cierto pero he escuchado algunos comentarios

    #439327
    Astur_ven
    Miembro

    Puede solicitar ante esta Consejería de Empleo y Seguridad Social el Certificado de Emigrante Retornado, para ello debe cumplir el requisito de haber trabajo y presentar la siguiente documentación:

    Trabajores/as por Cuenta Ajena:
    Pasaporte Español. (fotocopia de las páginas que contienen los datos personales y los sellos de registro y baja consulares)
    Impreso de la Baja Consular.
    Constancias/s de Trabajo en la cual se señale expresamente la fecha de ingreso y de egreso. El periodo de trabajo acreditado que puede adverarse será siempre que el solicitante ostente la nacionalidad española en todo el periodo.
    Certificado de cotizaciones a la Seguridad Social (doce meses mínimo, dentro de los seis últimos años previos a la presentación de la documentación ante esta Consejería). Será válida la cuenta individual en el IVSS que aparece en la página web de ese Instituto.
    Trabajadores por Cuenta Propia (Autónomos)
    Pasaporte Español. (fotocopia de las páginas que contienen los datos personales y los sellos de registro y baja consulares)
    Impreso de la Baja Consular
    Dos últimas declaraciones del Impuesto sobre la Renta (ISLR) en el que se acrediten doce meses de actividad. Si el periodo no puede completarse mediante declaración, podrán justificarse los meses restantes con declaraciones mensuales del IVA (y en caso de no ser sujeto obligado a presentar dichos impuestos deberá acreditar tal condición mediante certificación emitida por el SENIAT).
    Baja de la empresa ante el Registro Mercantil o documento de venta de acciones.
    Declaración Jurada de Actividad en la que conste el periodo de inicio y fin de la misma (doce meses mínimo, dentro de los seis últimos años previos a la presentación de la documentación ante esta Consejería).

    #439360
    daymar
    Miembro

    Gracias venezolana, pero no le rebotan los papeles si solo tiene las cotizaciones y la declaración islr? No la rebotaran por no tener firma personal registrada?

    #439363

    HAsta ahi no llego daymar, tendras que preguntarlo directamente en la consejeria.

    #440615
    Astur_ven
    Miembro

    Una pregunta en los requisitos del emigrante retornado están las dos opciones si uno esta como Trabajador Independiente o Trabajador Bajo dependencia. Mi caso es que trabajo en una empresa familiar legal pero llevo 1 año cotizando por mi cuenta como autónomo aun cuando trabajo allí, y utilizare las constancias de Trabajo que me darían en esta empresa.. No declaro ISLR pues no llego a los limites legales para declarar. Que problema podría tener al momento de llevar los documentos a la Coserjeria de Trabajo en CCS.

    #440655
    RumboAEspaña
    Miembro

    Buenas tardes, ampliamente recomendado el Blog de Venezolana… Tanto como si aún no están en España como si, si lo están… les recomiendo echarle un vistazo.

    Ahora bien, todos los requisitos están correctos, lo único, es que al llegar a España están solicitando unos documentos adicionales:

    1.- Certificado de vida laboral, otorgado por la Tesorería de la Seguridad Social Española (no vale el que se baja de internet).
    2.- Certificado emitido por INEM, de que nunca se ha cobrado ningún tipo de prestaciones en España (Este debe pedirse con cita previa)
    3.- Certificado emitido también por el INEM de que nunca se ha estado inscrito como demandante de empleo en España.

    #440668

    Hola RumboAEspaña muchas gracias por completar los requisitos, ya que la mayoria que diariamente se encuentra aqui solicita esa ayuda, ahora bien. Esos requisitos que colocas se piden aqui? y si nos dicen que el certificado laboral es ese que se baja por internet como resolvemos?

    Otra cosa, el certificado por inem de la cita previa se solicita es despues que te revisan los papeles que entregaste del seguro social y de constancia de trabajo? o lo puedo solicitar antes sin haber hecho eso, debeido a que yo sigo laborando y tengo pensando retirarme en octubre que es donde cumplo el año y me iria en Noviembre, pero entonces para tener eso antes o para esa fecha tengo que hacer la cita antes, entonces lo que no se es si puedo solicitar esa cita sin eso?

    #494647
    MiliBella
    Miembro

    Hola mi gente, veo que hace más de un año nadie comenta nada al respecto, así que actualizando el tema.. quién me puede decir si requiero el pasaje de salida desde Venezuela con ingreso a España o si puedo hacer la diligencias con el boleto desde Colombia a España para tramitar las Ayuda de Emigrante Retornado.

    Aquí es imposible conseguir pasajes a no ser que se cuente con una tarjeta de crédito en dólares o euros y la opción más viable es salir a los países vecinos a comprar los pasajes.

Viendo 12 entradas - de la 1 a la 12 (de un total de 12)
  • Debes estar registrado para responder a este debate.