Inicio Foros ¿Cómo es la vida de un inmigrante en España? Como me llevo a mi esposa?

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  • #267761
    apares
    Miembro

    Buenas.

    Mi consulta: Ya envie los recaudos para la solicitud del pasaporte Espanol lo cual me alegra mucho tras los meses de espera… me surge una duda, tengo un mes de casado y e leido en varias oportunidades que para solicitar la excencion de visado tengo que tener por lo menos 1 anio, es esto cierto? Como puedo llevarme a mi esposa en situacion de legalidad? lo mismo se cumple para la reagrupacion familiar? (Lapso de un anio de casado)

    Me encuentro preocupado porque la idea de irme a Espana viene dada por una desicion de dos, no creo que sea sano estar un anio alejado de mi esposa, agradezco cualquier comentario que me pueda orientar. Gracias

    #267762
    tintinma
    Miembro
    #267763
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola, la cuestion es asi, cuando te llegue el pasaporte español vas e inscribes el matrimonio en el consulado, luego esperas a que te llegue el libro de familia (6 meses aproximadamente), luego con esto y otros recaudos pides la reagrupacion de tu esposa, tambien pueden irse juntos pero ella va a quedar como ilegal luego de que se le venza los 3 meses de turista y esperar que se cumpla el año de estar ella alla para pedir la exencion del visado (pero apenas lleguen alla se empadronan); te recomiendo que revises en este foro los comentarios de Clara ya que ella ya esta mas avanzada en este tema.
    y bueno paciencia que siempre se consigue una solucion para los inconvenientes que se nos atraviesan en el camino….

    Suerte.-

    #267764
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola… apareci..

    Mira si te casaste en Venezuela, tienes dos opciones, o pides una cita en el consulado para registrar el Matrimonio ( que te las dan para dentro de 1 ano) en ese momento presentas los papeles que ellos te dicen, y tardan los del consulado aproximadamente 6 meses en registrarte tu matrimonio en España, luego de esto pides otra cita para reagrupacion familiar, visado etc… calcula por esta via unos 2 años ….
    La otra forma es que te vayas a España, te domicilies alla, -te empadrones como llaman ellos- y lleves tu personalmente tu Acta de Matrimonio Venezolana Legalizada al registro Central de Madrid. Estos tardaran unos 5 o 6 meses en registrartela y darte tu libro de familia.
    Aqui, depende de donde dejaste a tu esposa….
    Si te la llevaste este tiempo, se puede regresar y pedir en el Consulado de venezuela la reagrupacion familiar visa etc… tarda como 1 mes. No le paran que estuvo ilegal esos 5 meses, no te preocupes….
    Si te la llevastes tambien tienes la opcion de despues de transcurrido un ano pides la Exencion de Visado, es decir no tiene que volver a Venezuela, lo unico es que durante ese ano ella no puede trabajar, no esta ilegal propiamente dicho, pero no puede trabajar. El otro problema es que no se si el ano comienza a partir del momento que se van los dos juntos y presentan los papeles en el registro, o comienza a partir de que te entregan el libro de famillia, la diferencia seria 6 meses.
    Dime que opcion prefieres y las dudas que tengas y te las intentare aclarar.

    Clara

    PD Va sin acentos porque el teclado no habla espanol

    #267765
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola Clara! Muy agradecido por la informacion, y aprovechando que tienes conocimientos mas que amplios, me aprovechare para plantearte un poco mi caso, Actualmente estoy esperando el pasaporte, deberia llegar en una semana, tengo todos los documentos necesarios para la inscripcion de Matrimonio, lo que me preocupa es que me hablas de lapsos hasta de 2 anos cuando en el Vice-Consulado de Barquisimeto me dan lapsos de 3 a 5 meses, no se, si por ser vice-consulado estan trabajando con mayor rapidez, o si, la informacion que me dieron era erronea.

    Tengo planificado viajar para finales del mes de Noviembre, he pensado irme solo por aquello de la ilegalidad de mi esposa, pero si me comentas que ella el mayor problema que podria tener es no poder trabajar, pues me la llevo de una vez y optaria por esperar el ano para pedir la exencion de visado, por cierto, entre tanto tramite y tanto procedimiento estoy un poco confundido entre: Exencion de visado, tarjeta comunitaria, reagrupacion familiar, libro de familia.

    En resumidas cuentas lo que quiero idealmente es que mi esposa este conmigo, pero a su vez, que ella tenga la posibilidad de estar legal, poder trabajar, y gozar de tranquilidad, que a final de cuentas es lo que buscamos.

    Gracias de nuevo por la informacion.

    PD: Mi teclado tampoco habla Espanol

    #267766
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola Alejandro

    Te respondo:

    me dices: " lo que me preocupa es que me hablas de lapsos hasta de 2 anos cuando en el Vice-Consulado de Barquisimeto me dan lapsos de 3 a 5 meses, no se, si por ser vice-consulado estan trabajando con mayor rapidez, o si, la informacion que me dieron era erronea "
    Mira no se como funcione el de Bqto, quizas las citas las dan mas rapido porque tienen menos personas que atender, que ese sería el mayor problema aqui en Caracas (es lo que tarda 1 ano). Te explico, el consulado recibe tu acta de matrimonio y la manda al Registro Central de Madrid este registro tarda 4,5 o 6 meses en registrarlo, este lapso lo tarda tanto si mandas el acta desde aqui, como si la llevas personalmente a Espana. Ahora bien si en barquisimeto te dan cita rapido para llevar ese documento al consulado. Pues creo que mejor sería que lo presentaras de una vez por Barquisimeto. En vez de irte a Espana y esperar la exencion o registrarlo solo tu.
    Otro de los problemas de que tu esposa este en esa situacion, es que no se si tiene derecho a asistencia medica, imaginate si queda embarazada o cualquier accidente. La otra cosa es que durante ese tiempo no podria salir de Espana.

    me dices "pero si me comentas que ella el mayor problema que podria tener es no poder trabajar, pues me la llevo de una vez y optaria por esperar el ano para pedir la exencion de visado"
    Mira te dije en el otro mensaje, no estoy segura desde cuando comienza a correr el tiempo, si es desde el momento que te presentas al Registro o es desde el momento que tu matrimonio queda registrado, la diferencia como te dije es 6 meses, es decir podría ser 1 ano o 1 ano y medio que tardaria ella en tener la residencia.

    Otra opcion sería que te fueras tu solo, te empadronas allá por ejemplo en casa de unos amigos o familiares, te vas al registro presentas el matrimonio y te vienes, ese tramite no tardarias mas de 1 mes en hacerlo (debes pedir la baja consular antes de irte). Luego cuando el registro devuelva el documento registrado te llegaria a casa de los amigos o familiares y ellos te lo mandarian a Vzla tu esposa pide los papeles en el consulado que tarda +/- 1 mes. No estarian separados mucho tiempo, e incluso en este viajecito de 1 mes te la puedes llevar como una Luna de miel…

    Pero como te dije antes si en Barquisimeto te dicen que no necesitas la famosa cita de Caracas, hazlo por Barquisimeto. Pero pregunta bien… !

    Exencion de visado; Es una excepcion que le dan a los extranjeros casados con españoles que tengan mas de 1 ano de casados viviendo en Espana, que no deban volver a su pais de origen luego de casados, a tramitar la visa para poder residir legalmente en Espana.
    Tarjeta comunitaria: De verdad que no se….
    Reagrupacion familiar: es un beneficio que le dan a los familiares ( que no sean espanoles)de un espanol para que este los pueda llevar a vivir con el a Espana (lo que lalman coloquialmente llamarlo, o pedirlo). Claro lo que te piden es que ese espanol que los esta llamando (reagrupando) tenga las posibilidades economicas de mantenerlo. puedes reagrupar a tus padres, a tus hijos a tu esposa; los demas familiares no se hasta que grado se extiende.
    Libro de familia, mira es un cuadernito donde esta registrado tu matrimonio, entonces constan los datos de tu nacimiento, los datos de nacimiento de tu esposa, los datos de registro del matrimonio, si tienen hijos los datos de nacimiento de ellos, cuando algun mieembro de la familia fallece alli tambien te ponen los datos de la defunción. Si uno de los hijos de este matrimonio se casa, a él y su esposa le dan un nuevo libro de familia. Nada muy particular, pero en vez de estar cargando con el acta de nacimiento tuya, la de tu esposa, la del matrimonio, la de los hijos, pues tienes todos esos datos resumidos en ese librito..

    Algo mas..?

    Clara

    #267767
    Invitado MQI
    Miembro

    Nada mas por ahora Clara, solo darte las gracias por tomarte ese tiempo para responder mi consulta, El dia que me llegue el pasaporte pedire en el Vice-consulado una explicacion mas a fondo por el tema de la cita, Por cierto despues que mi esposa tenga solventada su situacion legal, ella podra optar por la nacionalidad? Tendra su pasaporte? Un fuerte Abrazo.

    Alejandro.

    #267768
    Invitado MQI
    Miembro

    Luego de que tu esposa Resida Legalmente en Espana, OJO tenga la residencia es decir luego de que transcurra el famoso ano de la exencion de visado si decides esa via, o si se va desde Venezuela con los papeles arreglados y alla le dan la residencia legal.
    Tendra que estar otroooooooooo ano mas para poder a optar por la nacionalidad espanola. Es un benificio que le dan a los conyuges de espanoles.
    De todas formas con la Residencia tiene casi que los mismos derechos que un espanol, respecto a trabajo circulacion por el territorio entrada y salida, es decir es una ciudadana mas…
    Ahora bien el proceso de obtencion de la nacionalidad por esa via me han dicho que puede tardar hasta 5 anos…

    #267769
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola clara, yo estoy en las mismas que Alejandro y precisamente arreglando mis papeles desde el vice-consulado de Barquisimeto (!epale Alejandro de repente y nos hemos encontrado en el consulado!) pero con la unica diferencia que voy a llenar la planilla para la solicitud de mi pasaporte comunitario. Y te digo que estoy igual que Alejandro porque en este caso la española, obviamente, soy yo y mi marido el venezolano, aunque me ha ayudado mucho la informacion que le diste a Alejandro. Pero ahora tengo una pequeña duda, para que mi marido obtenga la excepcion del visado tenemos que tener 1 año viviendo en españa (ya que tenemos 14 años de casado) supuestamente segun la nueva resolucion del codigo civil iban a eliminar (creo yo) el año de residencia en españa, osea me explico! no iban a tomar en cuenta que tenias que estar 1 año viviendo en España para que dieran la excepcion de vidado a la pareja (espero y me entiendas).
    Otra cosita que me gustaria me informaras.
    En el vice-consulado de Barquisimeto me dijeron que cuando me llegara el pasaporte comunitario es que podia continuar con el papeleo que me falta
    – nacionalidad de mi hija ( menor de edad)
    – inscripcion de matrimonio
    – Baja consular, etc..
    Mi pregunta es ¿ puedo introducir la solicitud de la nacionalidad de mi hija conjuntamente con la inscripcion de matrimonio para que asi me llegue el libro de familia con estos datos de una vez?
    Espero disculpes mi abuso y de verdad mil gracias por tomarte la molestia de contestarnos y ayudarnos….
    De verdad, gracias
    Maria Guerra

    #267770
    Invitado MQI
    Miembro

    Buenas, he leido detenidamente cada mensaje de este foro y me gustaria contar mi historia y les aseguro que mas de uno tendra respuesta a cosas que preguntaron.
    Aqui la vzlana soy y y mi esposo es el español. Ya nosotros estamos en España desde hace una semana. El año pasado vinimos de vacaciones en mayo a españa a visitar a la familia de mi esposo, su papa y su mama son españoles pero han vivido en vzla por muchos años. El cuando vinimos no era español, aprovecho el viaje y saco su pasaporte y su carnet de identidad, previamente trajo todos los documentos que le pedian. Para el hacer eso por aqui le pedian estar empadronado, asi que fuimos un dia al ayuntamiento de Zaragoza (que es donde vivimos ahora) y con un tio nos empadronamos ambos en su casa, yo me vine y el se quedo unos dias hasta que le entregaran el pasaporte, el D.N.I le llego despues a casa del tio, pero bueno, el caso es el siguiente: Teniamos pensado venir a vivir aca pero estaba definido para cuando, en enero quede embarazada y las cosas se nos complicaron porque se hacia mas dificil para venirnos el que yo no pudiera trabajar y las cosas en vzla estaban color de hormiga, fuimos al consulado en maracaibo para preguntar que teniamos que hacer y lo primero fue que él se inscribiera en el consulado como residente español, eso tardo 2 semanas, luego inscribir el matrimonio, me dijo la secretaria que tardaria aprox 4 meses desde el momento en que hacia la solicitud la hice el 11 de marzo.
    Mientras tando corria el tiempo y mi embarazo progresaba asi que decidi venirme sola a europa y esperar a mi esposo aqui porque si esperaba a que me llegara el libro de familia (con la inscripcion del matrimonio) despues tendria como 7 meses de embarazo y no me iban a dejar montar en un avion.
    Asi que el 23 de mayo parti de vzla con todo el dolor del mundo y hace 2 semanas me reuni con mi esposo aqui, que paso?
    Bueno, como me vine sin visa porque para pedirla en el consulado tenia que tener el libro de familia, el cual llego para mi sorpresa 1 semana despues que me vine, o sea, no se tardo ni dos meses y eso que eran 4, fuimos primero a la Tesoreria General de la Seguridad Social, alli pedimos, mi esposo y yo el numero de seguridad social, eso nos lo dieron presentando él su D.N.I, llenamos cada uno una planilla y nos dieron un carnet a cada uno, asi de sencillo, es decir, que si te quieres Alejandro traer a tu esposa tienes seguridad medica sin problemas, en mi carnet faltaba el numero que me debe dar la policia si fuera legal, pero como no lo tenia, me dijeron que cuando la tuviera fuera y me daban otro carnet, pero el numero es el mismo. Ya con eso mi parte del embarazo estaba listo, hice mis tramites y ya en 3 dias me veo con el medico, y ya tengo casi 8 meses.
    Tambien fuimos a la policia a averiguar como pedia la residencia sin haber traido la visa:
    Alla me dieron un papel y me pedian los siguientes datos: (textuales de la planilla)
    * Pasaporte en vigor (en el supuesto de que dicho documento de identidad o pasaporte este caducado, debera aportarse copia de éste y la solicitud de renovacion)
    * Solicitud de exención de visado
    * Certificado Literal de matrimonio actualizado (menos de tres meses)
    D.N.I de ciudadano español comunitario, que da derecho a la reagrupacion
    * Documentacion acreditiva de la residencia en españa del familiar que da derecho a la reagrupacion (certificado de empadronamiento)
    * 2 fotografias
    * EN CASO DE SOLICITUD DE EXENCION DE VISADO, EL CONYUGUE DEBERA APORTAR ADEMAS, CERTIFICADO DE HABER CONVIVIDO EN ESPAÑA CON SU ESPOSO O ESPOSA, AL MENOS UN AÑO.

    Asi que necesitaba ese certificado que lo pides ademas en el ayuntamiento, cuando lo solicitas toman tus datos y luego se encargan de investigar si de verdad has vivido un año en españa.
    Espero haber ayudado un poco y como veran tengo 2 opciones: o espero el año, o regreso a vzla a ponerme la visa y de paso visito a mi familia.

    #267771
    lizfdez
    Miembro

    Ya no es necesario vivir un año en España para la exención de visado, el requisito es tener un año mínimo de casados.

    Si ya tienes tu partida literal de nacimiento española puedes hacer la solicitud de la nacionalidad de tu hija, a pesar de no tener inscrito el matrimonio, si vives en España te cuento que si la niña es menor de 14 años, primero tienes que pedir un autorización al Juez para poder solicitar la nacionalidad para ella y cuando la tengas introduces la solicitud de la nacionalidad, no se como funciona esto en el Consulado Español en Vzla.

    Las cosas no funcionan de la misma manera ni siquiera aqui en las diferentes Comunidades, por ejemplo aqui en Madrid puedes meter la solicitud de nacionalidad y la inscripción de matrimonio al mismo tiempo, se de un chamo que lo quizo hacer en Barcelona y le dijeron que no, por lo que optó por introducir directamente la inscripción de matrimonio por Madrid.

    Cualquier información estoy a la orden.

    Saludos a todos.

    #267772
    Invitado MQI
    Miembro

    gracias autoexilidad cualquier duda no dudes en que te lo preguntare, mil gracias

    #267773
    Invitado MQI
    Miembro

    Hola, disculpa me podrias decir, como es eso que ya no es necesario pedir la exención de visado, si la semana pasada fue a la policia y esa era una de las cosas que me pedian. Si no has visto mi primera intervencion, la podrias leer y alli cuento exactamente lo que me pidieron. Ya las cosas se estan confundiendo mas. Muchas gracias y si puedes respondeme.
    Mary

    #267774
    lizfdez
    Miembro

    Yo no dije que ya no era necesario pedir la exención de visado, lo que dije fue que para pedir la exención de visado (paso obligatorio para obtener la tarjeta en Régimen Comunitario sino vas a ir a Venezuela a tramitar el visado en el Consulado español) no era obligatorio haber vivido un año en España.

    Recomiendo el Foro que se especializa en todos estos temas:

    [url]http://groups.msn.com/RegistroCivil[/url]

    Saludos

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