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- Este debate tiene 3 respuestas, 2 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 21 años, 2 meses por Invitado MQI.
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agosto 6, 2002 a las 8:56 am #266385BENDITAMiembro
Hola, me voy a Madrid en Septiembre a estudiar en el Instituto de Empresas y tengo dos preguntas, que agradecería alguien me aclarara.
Si mi esposa obtiene la visa de reagrupación familiar (ella es venezolana, yo español), automáticamente tiene derecho a residencia y permiso para trabajar??
Alguien sabe si es cierto que despues de un año en España, ella puede solicitar la nacionalidad española?
Gracias de antemano!
Angel
agosto 6, 2002 a las 10:26 am #266386Invitado MQIMiembroÁngel, aunque yo siempre en estos casos sugiero hacer las preguntas en el Consulado en Caracas, quienes son los que al fin y al cabo mas conocen estos temas, creo (y subrayo el creo) que al ser tu español deberías ver de que manera se puede inscribir el matrimonio para obtener el "libro de familia", al estar ella casada con un español podrá obtener primero una visa y luego facilmente obtendrá la tarjeta de residencia con la cual trabajar y estudiar sin ningún tipo de problema.
Con esta tarjeta de residencia, y supuestamente después de un año viviendo en España podría optar por la nacionalidad española, pero creeme que éste trámite dura mucho mas, probablemente 5 años (lo se por experiencia de conocidos y familiares).
Pero te repito que todas las preguntas y sobre todo los plazos para estas gestiones te los puede responder el Consulado con toda seguridad.
Felicitaciones por tu oportunidad en el Insitituto de Empresa, una servidora hizo un MBA allí, y te puedo decir que va a ser un año muy duro, pero muy provechoso.
Saludos,
Rosa.
agosto 6, 2002 a las 12:14 pm #266387Invitado MQIMiembroGenial la oportunidad tuya Angel, me gustaría que conversáramos un poco sobre el Instituto de Empresas, igual contigo Rosa, pues yo también voy a estudiar para allá, pero en Febrero….Julio… Si tienen messenger please búsquenme, o yo los busco….
febrero 11, 2003 a las 5:15 am #266388Invitado MQIMiembroSu esposa deberá solicitar una tarjeta de residencia. Desde el primer momento podrá residir y trabajar en España de forma legal. Casada con un español podrá optar por la nacionaionalidad española pasado UN AÑO de residencia legal en España.
Un saludo.
Ltdo. D. Jose Luis Lillo Flores – Abogado
[email protected] -
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