Inicio Foros ¿Cómo son vistos los argentinos que emigran? Acuerdo italoargentino para italianos naturalizados

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    Invitado MQI
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    ACUERDO ITALO-ARGENTINO SOBRE CIUDADANIA
    (LEY 282 DEL 18.05.1973)
    Establece que la obtenciòn de la ciudadanìa argentina (por parte de los italianos) no provoca la pérdida de la ciudadanìa de origen, que se conserva en estado «latente» (o sea con suspensiòn de los derechos civiles, polìticos, etc.).
    Tal estado cesa con la transferencia de la residencia en Italia, que produce el pleno restablecimiento de todos los derechos.
    RECUPERACION DE LA PLENA CIUDADANIA ITALIANA MEDIANTE
    «REVOCACION», PARA LOS CIUDADANOS ITALIANOS QUE HAYAN INVOCADO
    LA APLICACION DEL ACUERDO ITALO-ARGENTINO
    Los interesados gozan de la plenitud de los derechos del ciudadano italiano desde el momento de la declaraciòn de revocaciòn; dicha declaraciòn deberà ser efectuada por el interesado en el Consulado General, con la presencia de dos testigos. La declaraciòn de revocaciòn no està comprendida en los supuestos del Art. 17 de la Ley 91/92 y, por lo tanto, puede ser efectuada en cualquier momento.
    http://www.con-it-laplata.org.ar/ciudadania.html

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